Con este servicio interponemos tercerías para proteger los bienes de aquella persona que no posee deudas con el acreedor que inicia la cobranza, pero que se ve afectada por el embargo de sus bienes muebles. Es decir, aquella persona que no es deudora de la demanda pero está sujeta a un posible embargo.
Con este recurso dirigimos al afectado, denominado tercerista, en una demanda tanto contra el demandante como contra el deudor. Mantén tu tranquilidad y la de los tuyos apoyándote en un equipo profesional altamente calificado para la defensa de tus bienes con un 97% de tercerías exitosas.
El servicio incluye presentación de la demanda, y monitoreo.
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